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Artículo 2.4.1.7.6.8

Integración Del Comité Técnico De Los Componentes De Promotores/As Comunitarios De Paz Y Convivencia, Y De Apoyo A La Actividad De Denuncia

Decreto 1066 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo del Interior.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Integración del Comité Técnico de los componentes de Promotores/as Comunitarios de Paz y Convivencia, y de Apoyo a la Actividad de Denuncia. El Comité Técnico de los componentes de Promotores/as Comunitarios de Paz y Convivencia, y de Apoyo a la Actividad de Denuncia, estará integrado por las siguientes entidades:

1.

El Ministro del Interior, o su delegado, quien lo presidirá.

2.

El Ministro de Justicia y del Derecho, o su delegado.

3.

El Ministro de Salud y Protección Social, o su delegado.

4.

El Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible, o su delegado.

5.

El Alto Comisionado para la Paz, o su delegado.

6.

El Director General de la Policía Nacional, o su delegado.

7.

Una (1) representante del Proceso de Mujeres de Garantías.

8.

Una (1) representante de la Alta Instancia Especial para el Seguimiento del enfoque de Género y Garantía de los Derechos de las Mujeres.

9.

Dos (2) representantes de la población objeto de este Programa.

10.

Un (1) delegado del Consejo Nacional de Paz, Reconciliación y Convivencia, elegido por el Comité dentro de los actores sociales allí representados.

Parágrafo 1

Para el cumplimiento de sus funciones, el Comité Técnico podrá convocar en calidad de invitados a representantes o delegados de otras dependencias, entidades o instituciones del orden internacional, nacional o territorial u organizaciones no gubernamentales que estime pertinente.

Parágrafo 2

Serán invitados permanentes, con voz y sin derecho a voto, la Procuraduría General de la Nación, la Defensoría del Pueblo y la Fiscalía General de la Nación.

Parágrafo 3

El o la representante de las organizaciones sociales será elegido/a en el marco del ejercicio de participación en la adopción del Programa Integral de Seguridad y Protección para las Comunidades y Organizaciones en los Territorios.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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