Micelio

Artículo 1

O

Decreto 142 de 1991 · por el cual se fijan las escalas de remuneración de los empleos de la Administración Postal Nacional y se dictan otras disposiciones en materia salarial.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 1o. A partir del lo de enero de 1991, la asignación básica mensual para las distintas denominaciones de empleos de la Administración Postal Nacional, será la siguiente: ESCALA OPERATIVA ESCALA TECNICA EJECUTIVA Grado Asignación básica mensual Grado Asignación básica mensual 1 $ 51.720 1 $ 94.528 2 52.184 2 103.299 3 52.420 3 112.185 4 52.463 4 124.738 5 52.586 5 131.837 6 54.264 6 142.024 7 56.829 7 146.910 8 58.448 8 153.888 9 64.010 9 163.241 10 67.199 10 187.575 11 73.378 11 200.934 12 78.114 12 205.509 13 82.803 13 212.280 14 86.339 14 215.940 15 94.340 15 225.822 16 112.545 16 256.200 17 121.924 17 311.100 18 131.303 18 347.700 19 402.600 20 439.200 Para las escalas operativa y técnica ejecutiva, la primera columna determina los grados de remuneración que corresponden a las distintas denominaciones de empleos y la segunda columna establece la asignación básica mensual para cada grado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 142 de 1991