º Suprímese la plaza de Ayudante en la Oficina Telegráfica de La Ceja, y cuatro en la la de Salamina (Caldas), y créanse tres más de Ayudantes y una de Copísta en la de Medellín, y una de Ayudante en la de Manizales, con las mismas asignaciones mensuales que corresponden a las de su clase en estas últimas Oficinas,
Decreto 905 de 1922 →Vigente
Artículo 1
Suprímese La Plaza De Ayudante En La Oficina Telegráfica De La Ceja, Y Cuatro En La La De Salamina (Caldas), Y Créanse Tres Más De Ayudantes Y Una De Copísta En La De Medellín, Y Una De Ayudante En La De Manizales, Con Las Mismas Asignaciones Mensuales Que Corresponden A Las De Su Clase En Estas Últimas Oficinas,
Decreto 905 de 1922 · Por el cual se suprimen unas plazas y se crean otras en el ramo Telegráfico
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.