Micelio

Artículo 740

(Capítulo 51) Del Presupuesto De 1945, Que Corresponde Al Auxilio De Trescientos Mil Pesos ($ 300

Decreto 2011 de 1947 · Por el cual se distribuye una partida presupuestal

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. La inversión de la partida presupuestal correspondiente al artículo 740 (Capítulo 51) del Presupuesto de 1945, que corresponde al auxilio de trescientos mil pesos ($ 300.000.00) girado al Tesorero del Departamento de Nariño, de la cual se encuentran en caja sobrantes de la distribución ordenada por el Decreto número 2751 de 1945, será la siguiente: Para pago de jornales, compra de elementos, arrendamientos, dotación, compra de semillas, abonos, útiles de escritorio, transporte de maquinaria, compra de combustibles, animales de trabajo, y demás gastos necesarios para el sostenimiento de los trabajos de fomento agrícola y de la Subestación Agrícola Experimental en el Departamento de Nariño 42.488.95 Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2011 de 1947