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Artículo 1

Hacer La Siguiente Distribución En El Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1970: Presupuesto De Inversión

Decreto 931 de 1970 · Por el cual se hace una distribución en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1970. (Ministerio de Desarrollo Económico), por $ 6.000.000.00

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Hacer la siguiente distribución en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1970: Presupuesto de Inversión. Ministerio de Desarrollo Económico. CAPITULO 650 Ministerio de Desarrollo Económico. Programa 652. Planeación y Fomento de los Departamentos y Municipios. Inversión indirecta. 605-264. Artículo 6526. Planeación y fomento en el Departamento de La Guajira, según distribución por decreto, previo estudio y aprobación del Departamento Administrativo de Planeación y la Dirección General del Presupuesto $ 6.000.000.00. Que se distribuyen así: Proyecto 1. Aporte al Fondo Nacional de Caminos Vecinales para construcción de las siguientes vías

a)

Carreteable Maicao-Uribía $ 1.000.000

b)

Carreteable San Juan-Caracolí 600.000

c)

Carreteable Riohacha-Cabo de la Vela 700.000

d)

Carreteable Puerto Estrella-Nazareth 300.000

e)

Carreteable Hatonuevo-Bañaderos 100.000 Proyecto Energía eléctrica: a) Programa de electrificación en el Departamento de La Guajira 2.000.000 b) Pago instalación redes eléctricas de Maicao 300.000 Proyecto 3. Para programa de desarrollo de la estepa Guajira y proyecto de desarrollo e integración de la Alta y Media Guajira, con asistencia del Fondo Especial de las Naciones Unidas. 700.000 Proyecto 4. Educación pública: Reparación y dotación de locales escolares, así: a) Municipios de Villanueva, San Juan, Fonseca y Barrancas, en la Baja Guajira 150.000 b) Municipios de Riohacha, Maicao y Uribía, en la Alta y Media Guajira 150.000 Total

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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