Micelio

Artículo 2.14.6.4.16

Requerimientos

Decreto 1071 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Requerimientos. Dentro de los primeros cinco (5) días hábiles de cada mes, la ANT o quien haga sus veces requerirá a las entidades financieras vigiladas por la Superintendencia Financiera o la Superintendencia de Industria y Comercio y/o a quienes ejecuten cartera generada por estas, para que remitan información completa sobre predios rurales que hayan recibido o reciban a título de dación en pago por la liquidación de créditos hipotecarios u otros negocios jurídicos, o que hubieren adquirido mediante sentencia judicial, quienes podrán manifestar su voluntad de venta en los términos del artículo 62 de la Ley 2294 de 2023. La ANT o quien haga sus veces tendrá un plazo de dos (2) meses para ejercer el derecho de opción privilegiada dispuesta en el parágrafo 1° del artículo 32 de la Ley 160 de 1994, procurando agotar la totalidad del procedimiento de adquisición dentro de ese mismo término. Parágrafo. La ANT o quien haga sus veces requerirá en las mismas condiciones establecidas en este artículo a las entidades por la Superintendencia Solidaria de Colombia, quienes podrán manifestar su voluntad de venta en los términos del artículo 62 de la Ley 2294 de 2023, frente a estas entidades no procede ningún tipo de opción privilegiada.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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