° Toda solicitud de licencia de funcionamiento para un programa deberá formularse por escrito ante el ICFES, por conducto del Rector o del representante legal. El ICFES decidirá sobre la petición a más tardar dentro de los cinco (5) meses siguientes a la presentación de la solicitud.
Decreto 2745 de 1980 →Vigente
Artículo 3
Toda Solicitud De Licencia De Funcionamiento Para Un Programa Deberá Formularse Por Escrito Ante El Icfes, Por Conducto Del Rector O Del Representante Legal
Decreto 2745 de 1980 · Por el cual se establece el régimen de licencias de funcionamiento y aprobación de programas de educación superior
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.