Micelio

Artículo 2

Ley 38 de 1963 · Por la cual se auxilia al Cuerpo de Bomberos Voluntarios del Departamento del Meta, para su dotación

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Si no se incluyere, facúltase al Gobierno para hacer las traslaciones y apropiaciones pertinentes, sin perjuicio de obra alguna de otro Departamento Intendencia Nacional o Comisaría Especial.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 38 de 1963