Modificase El Artículo 7° Del Decreto Número 2122 Del 16 De Julio De 1949, En La Siguiente Forma: El Comité Nacional Encargado, Conformé Al Parágrafo Del Artículo 2° De La Ley 45, De La Erección Del Mausoleo Al Doctor Jorge Eliécer Gaitán, Estará Integrado Así: Por El Ministro De Educación Nacional O Su Delegado
Decreto 2236 de 1949 · por el cual se adiciona el marcado con el número 2122 de 16 de julio de 1949 y se modifica el artículo 7º del mismo.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
° Modificase el artículo 7° del Decreto número 2122 del 16 de julio de 1949, en la siguiente forma: El Comité Nacional encargado, conformé al
Parágrafo
del artículo 2° de la Ley 45, de la erección del mausoleo al doctor Jorge Eliécer Gaitán, estará integrado así: Por el Ministro de Educación Nacional o su delegado. Por el Ministro de Obras Públicas o su delegado. Por el Alcalde de Bogotá o su delegado. Por el Rector de la Universidad Nacional. Comuníquese y publíquese.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.