Micelio

Artículo 86

Las Obligaciones A Favor De La Nación Que Corresponda Asumir Al Fondo De Garantías De Instituciones Financieras, En Desarrollo De Los Contratos De Garantía Por Contingencias Pasivas, Se Podrán Transar Mediante Acuerdos De Pago Que Celebre Dicho Fondo Con La Nación

Decreto 2660 de 1993 · por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 1994, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 86. Las obligaciones a favor de la Nación que corresponda asumir al Fondo de Garantías de Instituciones Financieras, en desarrollo de los contratos de garantía por contingencias pasivas, se podrán transar mediante acuerdos de pago que celebre dicho Fondo con la Nación.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2660 de 1993