Micelio

Artículo 2

La Importación De Sémola De Trigo Para La Fabricación De Pastas Alimenticias, Bajo La Posición 76-A-1 Del Arancel De Aduanas, Estará Sujeta A Los Requisitos Establecidos En El Artículo 2° Del Decreto Número 2022 Del 20 De Agosto De 1952

Decreto 1584 de 1953 · Por el cual se modifican y adicionan los decretos números 638 de 1951 y concordantes

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° La importación de sémola de trigo para la fabricación de pastas alimenticias, bajo la posición 76-a-1 del Arancel de Aduanas, estará sujeta a los requisitos establecidos en el artículo 2° del Decreto número 2022 del 20 de agosto de 1952.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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