Micelio

Artículo 9

Decreto 1444 de 1999 · por el cual se reestructura el Departamento Administrativo de la Funcion Publica

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Oficina de Control Interno . Son funciones de la Oficina de Control Interno

1.

Planear, organizar, dirigir el Sistema de Control Interno del Departamento y verificar su operatividad, de tal modo que su ejercicio sea intrínseco al desarrollo de las funciones de todos los cargos.

2.

Elaborar periódicamente un análisis de riesgos en la gestión de los recursos a cargo del Departamento y formular el respectivo diagnóstico y recomendaciones.

3.

Ejercer el control de gestión e interpretar sus resultados con el objetivo de presentar recomendaciones a la Dirección.

4.

Verificar el cumplimiento de las leyes, normas, políticas, procedimientos, planes, programas, proyectos y metas de la organización y recomendar los ajustes necesarios.

5.

Servir de apoyo a todos y cada uno de los directivos del Departamento en el proceso de toma de decisiones, a fin de que se obtengan los resultados esperados.

6.

Verificar los procesos relacionados con el manejo de recursos, bienes y sistemas de información de la Entidad y recomendar los correctivos que sean necesarios.

7.

Elaborar planes de auditoría y seguimiento, acordes con los programas de actividades de cada dependencia, los cuales deben identificar objetivos, recursos a utilizar, plazos, áreas y procesos a evaluar.

8.

Fomentar en toda la organización la formación de una cultura de autocontrol, que contribuya al mejoramiento continuo en el cumplimiento de la misión institucional.

9.

Verificar la implantación de las medidas recomendadas y su efectividad, a través del seguimiento continuo a éstas.

10.

Mantener permanentemente informado al Director del Departamento acerca del estado del Sistema de Control Interno del Departamento, dando cuenta de las debilidades detectadas y de las fallas en su cumplimiento, presentar al respecto recomendaciones prioritarias, viables y específicas.

11.

Verificar que los controles sean aplicados por los responsables y que los registros se hagan en forma sistemática, que la información sea confiable y objetiva y que los procedimientos sean eficaces.

12.

Presentar informes de actividades al Director del Departamento y al Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno.

13.

Vigilar que la atención a los ciudadanos se preste de acuerdo con las normas legales vigentes.

14.

Ejercer la Secretaría del Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno del Departamento.

15.

Prestar apoyo al desarrollo y actividades del Comité Interinstitucional de Control Interno.

16.

Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de la Dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1444 de 1999