Micelio

Artículo 3

Decreto 1152 de 1958 · Por el cual se introducen unas modificaciones al Decreto número 2297 de noviembre de 1957

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo tercero . El Ministerio de Fomento reglamentará el funcionamiento de la Sección de Control Turístico, y adicionará o reducirá las funciones que crea necesarias o inoperantes, quedando facultado para delegar por medio de resoluciones, en forma temporal o definitiva, en las Gobernaciones de los Departamento y en las Alcaldía Municipales las funciones que sean susceptibles de delegación, tales como multas, vigilancia, reglamentación, etc., de acuerdo con las necesidades de la administración de este aspecto de vigilancia de la industria y explotación del turismo dentro del territorio nacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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