Articulo 44. Reembolso : Ni los aportes ni las cotizaciones que pagan los afiliados y los Beneficiarios de la caja de retiro de las fuerzas armadas, tendrán el Carácter de reembolsables. CAPITULO IX Disposiciones varias.
Decreto 528 de 1977 →Vigente
Artículo 44
Reembolso : Ni Los Aportes Ni Las Cotizaciones Que Pagan Los Afiliados Y Los Beneficiarios De La Caja De Retiro De Las Fuerzas Armadas, Tendrán El Carácter De Reembolsables
Decreto 528 de 1977 · Por el cual se aprueban los Estatutos de la Caja de Retiro de las Fuerzas Militares
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.