Contenido de la orden de policía que pone fin al proceso. El mandato claro, preciso y conciso constitutivo de la orden de policía que pone fin a un proceso deberá constar por cualquier medio de prueba válido para el proceso único verbal abreviado de policía. Como mínimo deberá contener
Identificación e individualización de la persona a la que se dirige.
Circunstancias de tiempo, modo y lugar de su cumplimiento, y el periodo específico del plazo mínimo para su cumplimiento.
Advertencias legales de las consecuencias de su incumplimiento, bien sea como medio de policía o como decisión del proceso.