Micelio

Artículo 5

Ley 201 de 1938 · por la cual se provee a la construcción de la plaza de mercado de Santa Rosa de Cabal, se fomenta el establecimiento de balnearios termales y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Auxíliase por una sola vez a los Municipios de Girón, Lebrija, Floridablanca y Puerto Wilches, en el Departamento de Santander, con la cantidad de diez mil pesos ($ 10.000.00) cada uno, los que serán invertidos por iguales partes en la pavimentación de calles y plazas, y en mejoras de los respectivos hospitales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 201 de 1938