Micelio

Artículo 3

Decreto 881 de 1884 · Adicional al marcado con el número 265 de 1884, sobre bienes desamortizados

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 3.° Asignase á los Agentes subalternos como remuneración de su trabajo, el cinco por ciento de las fincas que hagan avaluar, y el diez por ciento de los censos que hagan efectivos en virtud de o ejecuciones que libren.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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