°. Aplicación. La presente disposición aplica únicamente para los vehículos totalmente armados, SKD, CKD que al 4 de julio de 2008 se encontraban en inventario, en proceso de nacionalización, o fueron embarcados en puerto extranjero con destino a Colombia o pedidos a las fábricas o con vehículos totalmente armados, SKD, CKD, de conformidad con el inventario presentado al Ministerio de Transporte, señalado en el artículo primero del presente decreto.
Decreto 20 de 2010 →Vigente
Artículo 4
Aplicación
Decreto 20 de 2010 · por el cual se establecen algunas medidas para el ingreso de vehículos al servicio particular y público de transporte terrestre automotor de carga.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.