Micelio

Artículo 5

Los Sobrantes Que En Virtud De La Presente Reorganización Quedan En Los Artículos Presupuestales Destinados Al Pago De Sueldos, Viáticos Y Útiles De Escritorio De Este Departamento, Se Trasladaran Al Artículo 715 Del Capítulo 75 Del Presupuesto Vigente, Y El Total De Esta Apropiación Será Entregado Al Fondo Nacional De Turismo Para Que Acometa Las Obras Aconsejables Para El Fomento Y Desarrollo Del Turismo En El País

Decreto 45 de 1952 · Por el cual se reorganiza el Departamento Nacional de Turismo y se dictan unas disposiciones sobre Fondo Nacional de Turismo

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Los sobrantes que en virtud de la presente reorganización quedan en los artículos presupuestales destinados al pago de sueldos, viáticos y útiles de escritorio de este Departamento, se trasladaran al Artículo 715 del Capítulo 75 del Presupuesto vigente, y el total de esta apropiación será entregado al Fondo Nacional de Turismo para que acometa las obras aconsejables para el fomento y desarrollo del turismo en el país.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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