ARTICULO 61. De los manueles técnicos La subdirección del personal con la colaboración de las demás subdirecciones y oficinas del nivel nacional elavorara mantendrá autualizado los manuales técnicos y de procedimientos necesarios para la aplicación de este Decreto. Los manuales que trata este articulo deberán contener los criterios y las normas de las cuales se sugetaran el diseño, la elaboración, la aplicación, la corrección y la valoración de los instrumentos que se utilizen en los concursos, asi como el diseño y la elaboración de los registros de aspirantes y funcionarios escalafonados.
La Subdirección de personal, elaborara los manuales de que trata este articuloen un plazo de seis (6) meses contados apartir de la vigencia de este Decreto. Mientras elabora los manuales, el institutoadelantara los concursos con asesoría Departamento Administrativo del Servicio Civil