Micelio

Artículo 6

Decreto 18690817 de 1869 · Reduciendo el pie de fuerza para el tiempo de paz

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 6.° El presente decreto empezará a cumplirse desde 1.° de diciembre próximo, espidiéndose al efecto las órdenes correspondientes, i verificándose los nombramientos a que haya lugar.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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