Micelio

Artículo 42

Cuando El Monto Correspondiente A La Reserva De Estabilización De Rendimientos Que Deben Mantener Las Sociedades Que Administren Fondos De Pensiones Sea Inferior Al Valor Resultando De La Aplicación Del Porcentaje Mínimo Establecido, La Superintendencia Bancaria Impondrá Una Multa Equivalente Al Tres Punto Cinco Por Ciento (3

Decreto 656 de 1994 · por el cual se establece el régimen jurídico y financiero de las sociedades que administren fondos de pensiones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Cuando el monto correspondiente a la reserva de estabilización de rendimientos que deben mantener las sociedades que administren fondos de pensiones sea inferior al valor resultando de la aplicación del porcentaje mínimo establecido, la Superintendencia Bancaria impondrá una multa equivalente al tres punto cinco por ciento (3.5%) del valor del defecto mensual que presenten, en favor del Fondo de Solidaridad Pensional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 656 de 1994