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Artículo 2.2.5.7.2

Contenido Del Convenio Para La Financiación De Iniciativas De Gasto En Diferentes Jurisdicciones

Decreto 1066 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo del Interior.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Contenido del convenio para la financiación de iniciativas de gasto en diferentes jurisdicciones. El convenio o contrato interadministrativo para la financiación de las iniciativas de gasto en otras jurisdicciones o los proyectos de inversión con impacto regional, tendrá, como mínimo, disposiciones relativas a los siguientes aspectos:

1.

Entidades territoriales intervinientes.

2.

Identificación de las ordenanzas o acuerdos municipales o distritales de autorizaciones.

3.

Objeto del convenio o contrato interadministrativo.

4.

Análisis y distribución de riesgos en la formulación, aprobación, seguimiento, ejecución, mantenimiento y/o conservación de los bienes y/o servicios objeto del convenio o contrato.

5.

Recursos financieros, técnicos y humanos aportados por las entidades territoriales para la ejecución del convenio o contrato, incluyendo vigencias futuras, recursos de crédito público, recursos de diferentes niveles de gobierno y/o concurrencia de aportes privados, según la necesidad de la iniciativa.

6.

Identificación y conformación de los organismos o instancias de administración para la ejecución del convenio o contrato.

7.

Duración del convenio o contrato.

8.

Mecanismos de solución de controversias por diferencias entre las entidades territoriales en la ejecución del convenio o contrato.

9.

Entidad encargada de la ejecución y/o prestación de los bienes y/o servicios objeto del convenio o contrato y las modalidades de ejecución y/o prestación.

10.

Titularidad jurídica de los bienes y/o servicios objeto del convenio o contrato así como su incorporación en los balances de las entidades territoriales que concurren en su financiación.

11.

Entidad responsable de la administración, uso, prestación o explotación de los bienes y/o servicios objeto del convenio o contrato, así como del recaudo de recursos según el caso; el mantenimiento del bien o servicio, incluyendo el personal e infraestructura requerido, el pago de derechos e impuestos, entre otros aspectos.

12.

Mecanismos o indicadores de seguimiento y resultado a la ejecución del convenio o contrato interadministrativo, así como de los beneficios derivados de la inversión realizada.

Parágrafo

Cuando en el marco de lo dispuesto en el presente artículo se comprometan recursos provenientes del Sistema General de Regalías, se deberá llevar a cabo lo dispuesto para el efecto en la Ley 2056 de 2020 o la norma que la modifique o sustituya y sus decretos reglamentarios.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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