Artículo primero apruebas el siguiente acuerdo dictado por el Consejo Directivo del Instituto Colombiano de Seguros Sociales: "Consejo Directivo del Instituto Colombiano de Seguros Sociales ACUERDO NUMERO 135 DE 1962 (NOVIEMBRE 9) por el cual se llama a inscripción en el Seguro Obligatorio de Enfermedad no Profesional y Maternidad que administra la Caja Seccional de Antioquia, a los patronos y trabajadores de algunos Municipios no incorporados. El Consejo Directivo del Instituto Colombiano de Seguros Sociales, en uso de las facultades que le confieren el numeral 5° del artículo 9° de la ley 9° de 1946, el numeral 4° del artículo 8° de los estatutos (Decreto número 2688 de 1960) y el artículo 5° del Decreto número 1695 de 1960. ACUERDA:
Decreto 3398 de 1962 →Vigente
Artículo 9
De La Ley 9° De 1946, El Numeral 4° Del Artículo 8° De Los Estatutos (Decreto Número 2688 De 1960) Y El Artículo 5° Del Decreto Número 1695 De 1960
Decreto 3398 de 1962 · Por el cual se aprueba el Acuerdo número 135 de 1962, expedido por el Consejo Directivo del Instituto Colombiano de Seguros Sociales sobre llamamiento a inscripción en el Seguro Obligatorio de Enfermedad no Profesional y Maternidad que administra la Caja Seccional de Antioquia, a los patronos y trabajadores de algunos Municipios no incorporados
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.