°. Este Decreto regirá desde el día primero de agosto próximo entrante, y por él quedan reformadas o suprimidas las disposiciones que le sean contrarias. Comuníquese.
Decreto 1831 de 1951 →Vigente
Artículo 5
Este Decreto Regirá Desde El Día Primero De Agosto Próximo Entrante, Y Por Él Quedan Reformadas O Suprimidas Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias
Decreto 1831 de 1951 · Por el cual se suprimen algunos cargos y se ordena un traslado presupuestal
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.