Actualización. El Plan Nacional de Gestión del Riesgo podrá ajustarse de acuerdo a las necesidades y nuevos contextos en materia de gestión del riesgo de desastres y seguirá el mismo procedimiento establecido para su formulación y aprobación. Las actualizaciones permitirán ajustes y cambios en el componente programático y se realizarán cada cuatro (4) años conforme al plan nacional de desarrollo vigente.
Decreto 1974 de 2013 →Vigente
Artículo 20
Actualización
Decreto 1974 de 2013 · por el cual se establece el procedimiento para la expedición y actualización del Plan Nacional de Gestión del Riesgo.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.