De acuerdo con la ley y dentro del ámbito de sus funciones y deberes, habrá lugar a deducir responsabilidad civil a los miembros de las juntas o consejos directivos, al director o gerente y a los demás empleados de las entidades concedentes y a los funcionarios de las dependencias administrativas con atribuciones de control y vigilancia sobre aspectos relacionados con el Juego de Apuestas Permanentes cuando, por incumplimiento, morosidad o irregularidades en el ejercicio de sus funciones, resulten afectados los ingresos que deben ser percibidos por las entidades concedentes a título de regalías, suministro de formularios, reintegro por apuestas no válidas, expedición de licencias de funcionamiento o de credenciales de vendedores o colocadores de apuestas, así como por otros conceptos debidamente establecidos en disposiciones legales, reglamentarias y contractuales.
Decreto 1988 de 1987 →Vigente
Artículo 19
Decreto 1988 de 1987 · por el cual se reglamenta la Ley 1 de 1982, el Decreto - Ley 386 de 1983, el Capítulo XVI del Título VI del Decreto -Ley 122 de 1986 y se modifica el Decreto 033 de 1984, sobre el Juego de Apuesta Permanentes.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.