El Fondo de Ahorro y Estabilización Petrolera (FAEP) administrado por el Banco de la República, continuará vigente hasta liquidar completamente sus derechos y obligaciones, conforme lo dispuesto en el artículo 150 de la Ley 1530 de 2012 . En caso de requerir recursos para solventar sus obligaciones por agotamiento de los mismos, se podrá recurrir a las utilidades generadas por dicho fondo.
Autorícese al Banco de la República como administrador del FAEP, para constituir una reserva de liquidez equivalente al diez por ciento (10%) de las utilidades generadas por dicho Fondo en 2019 para atender el proceso liquidatorio requerido.