Micelio

Artículo 100

Decreto 2620 de 2000 · Por el cual se reglamentan parcialmente la Ley 3ª de 1991 en relación con el Subsidio Familiar de Vivienda en dinero y en especie para áreas urbanas, la Ley 49 de 1990, en cuanto a su asignación por parte de las Cajas de Compensación Familiar y la Ley 546 de 1999, en relación con la vivienda de interés social

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Características básicas del Sistema de Información del Subsidio. El Sistema de Información del Subsidio debe ser flexible para adaptarse a cambios integrales y coexistentes con otros sistemas sectoriales y responder oportunamente a las necesidades de las entidades usuarias. Este sistema incluirá: a) El módulo de demanda, con los registros de los ahorradores y los postulantes; b) El Módulo de Oferta, con toda la información de los planes y conjuntos de soluciones de vivienda a las cuales los beneficiarios podrán aplicar sus subsidios y c) Una base de datos con la información actualizada de la totalidad de subsidios asignados a partir de la fecha de vigencia de este decreto, a la cual se insertarán las bases de datos del Inurbe, las Cajas de Compensación Familiar, el Banco Agrario, la Caja Promotora de Vivienda Militar y el Forec, correspondientes a los subsidios asignados con anterioridad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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