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Artículo 78

Dentro De Los Cinco Días Siguientes A La Última Publicación, Las Empresas Interesadas Presentarán Al Instituto Nacional Del Transporte Sus Propuestas Para Que Se Decida Sobre Su Otorgamiento O Negación

Decreto 1393 de 1970 · Por el cual se expide el Estatuto Nacional del Transporte Terrestre Automotor

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Dentro de los cinco días siguientes a la última publicación, las empresas interesadas presentarán al Instituto Nacional del Transporte sus propuestas para que se decida sobre su otorgamiento o negación. El instituto Nacional del Transporte al estudiar las propuestas a que alude el presente artículo tendrá en cuenta el número de sanciones que se le hayan impuesto a las empresas por violación a las normas de este estatuto.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1393 de 1970