Micelio

Artículo 4

Decreto 2305 de 1968 · Por el cual se reglamentan los exámenes de validación y admisión en la educación media y normalista, y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo cuarto. Facúltase a los rectores de los establecimientos de que tratan los artículos 1° y 2° de este Decreto para autorizar y supervigilar tales exámenes, y previa comprobación de que los aspirantes han aprobado legalmente los cursos anteriores al que desea validar.

Parágrafo

Los aspirantes a los exámenes de que trata este Decreto presentarán a los planteles las solicitudes respectivas con treinta (30) días de anticipación a la fecha en que se inicien los exámenes finales, y dichas solicitudes serán recibidas cuando se acredite que el aspirante reside en el lugar donde funciona el plantel.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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