Micelio

Artículo 12

Decreto 827 de 1986 · Por el cual se reglamentan algunas disposiciones del Decreto 2062 de 1984, Reorgánico de la Carrera de Oficiales y Suboficiales de la Policía Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

SELECCIÓN DE SUBOFICIALES PARA INGRESO A LA ESCUELA DE CADETES DE POLICÍA GENERAL SANTANDER. Para efectos de lo dispuesto en el artículo 26 del Decreto 2062 de 1984, los Suboficiales que deseen ingresar al curso de Oficiales, deberán llenar los siguientes requisitos

a)

Haber servido a la Institución un mínimo de dos (2) años;

b)

Elevar solicitud a la Dirección General de la Policía Nacional;

c)

No ser mayor de 25 años;

d)

Ser soltero y permanecer en este estado durante su permanencia en la Escuela de Cadetes de Policía General Santander;

e)

Haber estado clasificado durante todo el tiempo, de servicio como Suboficial en lista uno (1) o dos (2) y no haber sufrido sanción disciplinaria;

f)

Obtener concepto favorable de la Junta de Admisiones de la Escuela de Cadetes de Policía General Santander y la aprobación del Director General de la Policía Nacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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