º El presente Decreto rige a partir del 1º de abril de 1991, previa su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias. Publíquesey cúmplase.
Decreto 868 de 1991 →Vigente
Artículo 4
º El Presente Decreto Rige A Partir Del 1º De Abril De 1991, Previa Su Publicación Y Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias
Decreto 868 de 1991 · por el cual se introducen algunas modificaciones en el Arancel de Aduanas.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.