Micelio

Artículo 337

Ley 109 de 1922 · De Código Penal

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El que fuera de los casos indicados en elArtículo precedente, maltrate de obra a los miembros de su familia, o a un niño menor de doce años, será castigado con reclusión por dos a veinte meses.

Si los malos tratamientos se infieren a un descendiente, ascendiente o a fin en línea directa, la pena será de reclusión por ocho meses a tres años.

Si los malos tratamientos de obra se infieren al cónyuge, el hecho no se castiga sino por denuncio de la víctima.

De la difamación y de la injuria

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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