Art. 1.° Concédese un auxilio de veinte mil pesos ($ 20,000) á la ciudad de Ocaña, en el Departamento de Santander, para conducir las aguas necesarias del río del "Algodonal," situado a cuatro millas de distancia de dicha ciudad.
Ley 31 de 1890 →Modificado
Artículo 1
Ley 31 de 1890 · Que concede auxilios a varias ciudades para proveerlas de agua potable
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.