De los recursos de la subcuenta de solidaridad bomberil. La Subcuenta de Solidaridad Bomberil estará constituida por el 30% del valor de los contratos o convenios suscritos por los cuerpos de bomberos para verificar el cumplimiento de las normas técnicas de seguridad humana que se exigen como requisito previo para la expedición de licencias de construcción, de acuerdo con lo establecido en el
del artículo 42 de la Ley 1575 de 2012. Estos recursos deberán ser girados por los cuerpos de bomberos a la Subcuenta de Solidaridad Bomberil, en un plazo no superior a un mes, contado desde la fecha en la cual le hayan ingresado. (Decreto 527 de 2013, artículo 9°)