Micelio

Artículo 4

A Partir De La Vigencia Del Presente Decreto Suprímense Los Siguientes Cargos, Por Quedar Fusionados En Uno Sólo, Con La Denominación De Jefe De Cruce Y Recibo De Telegramas: Departamento De Telegrafos Sección De Cruce De Telegramas

Decreto 2883 de 1959 · Por el cual se aumentan las asignaciones del personal del Ministerio de Comunicaciones y se reajusta la nómina de la Dirección General de Radiocomunicaciones, dependiente de dicho Ministerio

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º A partir de la vigencia del presente Decreto suprímense los siguientes cargos, por quedar fusionados en uno sólo, con la denominación de Jefe de Cruce y Recibo de Telegramas: DEPARTAMENTO DE TELEGRAFOS Sección de Cruce de Telegramas. 1 Jefe de Cruce. $ 539.00 Central de Telégrafos - Bogotá - Recibo de Telegramas. 1 Jefe. 550.00 Comuníquese y Ejecútese

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2883 de 1959