º A partir de la vigencia del presente Decreto suprímense los siguientes cargos, por quedar fusionados en uno sólo, con la denominación de Jefe de Cruce y Recibo de Telegramas: DEPARTAMENTO DE TELEGRAFOS Sección de Cruce de Telegramas. 1 Jefe de Cruce. $ 539.00 Central de Telégrafos - Bogotá - Recibo de Telegramas. 1 Jefe. 550.00 Comuníquese y Ejecútese
Decreto 2883 de 1959 →Vigente
Artículo 4
A Partir De La Vigencia Del Presente Decreto Suprímense Los Siguientes Cargos, Por Quedar Fusionados En Uno Sólo, Con La Denominación De Jefe De Cruce Y Recibo De Telegramas: Departamento De Telegrafos Sección De Cruce De Telegramas
Decreto 2883 de 1959 · Por el cual se aumentan las asignaciones del personal del Ministerio de Comunicaciones y se reajusta la nómina de la Dirección General de Radiocomunicaciones, dependiente de dicho Ministerio
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.