Micelio

Artículo 122

Decreto 184412201 de 1844 · Reglamentario de la renta del tabaco

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 122. El documento, i en su caso los vales, alhajas o prendas de que habla el articulo anterior, se custodiarán en la caja de caudales de la oficina que haga la venta; i sus empleados serán responsables si no verifican el cobro de la deuda, o el premio de la demora al vencimiento del plazo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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