Micelio

Artículo 7

Decreto 718 de 1970 · Por el cual se aprueba, con modificaciones el Decreto número 0049 del 5 de marzo de 1970, originario de la Intendencia de Arauca

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los Jefes Técnicos de las Plantas Eléctricas y Talleres Intendenciales, practicarán revisión de equipos cada dos meses en Tame, Rondón, Cravonorte y Arauquita, vigilarán el buen mantenimiento y conservación de ellos, exigiendo a los empleados las responsabilidades del caso. De estas visitas rendirán informe por duplicado al señor Secretario de Obras.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 718 de 1970