Micelio

Artículo 36

Contratos Y Convenios Vigentes

Decreto 4802 de 2011 · por el cual se establece la estructura de la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Contratos y convenios vigentes . Los contratos y convenios actualmente vigentes, celebrados por la Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional, Acción Social, cuyo objeto corresponda a las funciones y actividades propias de la Unidad de Atención y Reparación de Víctimas, se entienden subrogados a partir del 1° de enero de 2012 a esta entidad, la cual continuará con su ejecución en los mismos términos y condiciones. El Departamento Administrativo para la Prosperidad Social continuará ejecutando, hasta el 31 de diciembre de 2011, en lo pertinente las apropiaciones comprometidas por la Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional, Acción Social, con anterioridad a la expedición del presente decreto, y suscribirá los contratos que requiera la Unidad de Atención y Reparación de Víctimas hasta el 31 de diciembre de 2011, contratos que se entenderán subrogados a esta Unidad a partir del 1° de enero de 2012 la cual continuará con su ejecución en los mismos términos y condiciones. El mismo procedimiento se aplicará para la ejecución de las cuentas por pagar y las reservas presupuestales de las vigencias fiscales de 2010 y 2011. La documentación relacionada con dichos contratos debe allegarse a la Secretaría General de la Unidad de Atención y Reparación de Víctimas, en el término que se fije para el efecto. No obstante lo anterior, los pagos pendientes por efectuar de estos contratos y/o convenios, a 31 de diciembre de 2011, los hará el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social. Los pagos que se deriven a partir del 1° de enero de 2012 serán responsabilidad de la Unidad de Atención y Reparación de Víctimas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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