º . Unicamente podrá concederse permiso para aparatos e instalaciones de los tipos más modernos y de sistemas reconocidos como los más adecuados para prestar un servicio correcto, sin causar interferencias o molestias a otras estaciones construidas o que se construyan, y sin perjudicar los demás servicios de comunicaciones eléctricas.
Decreto 423 de 1931 →Vigente
Artículo 2
Decreto 423 de 1931 · Por el cual se reglamenta la concesión de licencias para instalación y explotación de estaciones radiodifusoras
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.