º. Para hacer efectivo el impuesto adicional del uno por mil establecido por el artículo 2 del Decreto-ley 2473 de 1948, con destino a la organización y sostenimiento del servicio de Policía Rural, créase una estampilla especial que se denominará "Estampilla de Policía Rural". Esta estampilla tendrá la forma, tamaño y diseño que determine el Ministerio de Hacienda y Crédito Público en resolución especial, y se fabricará con las denominaciones que indique el mencionado Ministerio.
Decreto 699 de 1949 →Vigente
Artículo 3
Para Hacer Efectivo El Impuesto Adicional Del Uno Por Mil Establecido Por El Artículo 2 Del Decreto-Ley 2473 De 1948, Con Destino A La Organización Y Sostenimiento Del Servicio De Policía Rural, Créase Una Estampilla Especial Que Se Denominará "estampilla De Policía Rural"
Decreto 699 de 1949 · por el cual se reglamentan los artículos 2° a 5° del Decreto-ley 2473, de 19 de julio de 1948, elevado a categoría de norma permanente por el Decreto legislativo 4133, de 16 de diciembre del mismo año.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.