Micelio

Artículo 2

En Aquellos Municipios En Donde No Se Instale O Funcione La Junta Municipal De Catastro Integrada De Acuerdo Con Lo Dispuesto En El Artículo 19 Del Decreto 0259 De 1954, Ésta Se Compondrá Del Alcalde, El Personero Y El Tesorero Del Respectivo Municipio, Y Tendrá Todas Las Funciones, Atribuciones Y Deberes Asignados A Las Juntas Municipales De Catastro Por El Decreto Mencionado

Decreto 2061 de 1954 · Por el cual se adiciona el Decreto 0259 de 1954

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En aquellos Municipios en donde no se instale o funcione la Junta Municipal de Catastro integrada de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 19 del Decreto 0259 de 1954, ésta se compondrá del Alcalde, el Personero y el Tesorero del respectivo Municipio, y tendrá todas las funciones, atribuciones y deberes asignados a las Juntas Municipales de Catastro por el Decreto mencionado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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