Plazo para la aplicación de las políticas establecidas en el presente decreto. Las políticas establecidas en los artículos 3°, 4° y 6° del presente decreto, serán incorporadas por la CREG en la metodología que establezca la remuneración para la actividad de distribución de energía eléctrica, aplicable a partir del próximo período tarifario quinquenal y subsiguientes.
Decreto 388 de 2007 →Vigente
Artículo 10
Plazo Para La Aplicación De Las Políticas Establecidas En El Presente Decreto
Decreto 388 de 2007 · por el cual se establecen las políticas y directrices relacionadas con el aseguramiento de la cobertura del servicio de electricidad, que debe seguir la Comisión de Regulación de Energía y Gas, CREG, al fijar la metodología de remuneración a través de Cargos por Uso de los Sistemas de Transmisión Regional y Distribución Local de energía eléctrica en el Sistema Interconectado Nacional.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.