Micelio

Artículo 16

Circunstancias Que Atenúan La Responsabilidad

Ley 49 de 1993 · por la cual se establece el régimen disciplinario en el deporte.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Se considerarán como circunstancias que atenúan la responsabilidad las siguientes:

a)

El haber observado buena conducta anterior;

b)

El haber obrado por motivos nobles o altruistas,

c)

El haber confesado voluntariamente la comisión de la infracción;

d)

El haberse arrepentido espontáneamente por la infracción cometida;

e)

El haber procurado evitar espontáneamente los efectos nocivos de la infracción, antes de iniciarse la acción disciplinaria;

f)

El haber sido inducido a cometer la infracción por un técnico directivo o personal científico;

g)

El haber precedido, inmediatamente a la infracción, una provocación injusta y suficiente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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