Contra los actos administrativos proferidos por el Consejo Superior, el Consejo Académico o el Rector, sólo procederá el recurso de reposición y con él se agota la vía gubernativa. Sin embargo, el acto administrativo mediante el cual se imponga a un docente una sanción de suspensión mayor de seis (6) meses, o de destitución, o una sanción de expulsión o cancelación definitiva de matrícula a un alumno, será apelable ante el Consejo Superior Contra los actos administrativos proferidos por las demás autoridades de la institución, procede le recurso de reposición ante quien haya proferido el acto y el de apelación ante su inmediato superior.
Decreto 3190 de 1981 →Vigente
Artículo 59
Contra Los Actos Administrativos Proferidos Por El Consejo Superior, El Consejo Académico O El Rector, Sólo Procederá El Recurso De Reposición Y Con Él Se Agota La Vía Gubernativa
Decreto 3190 de 1981 · Por el cual se aprueba el Acuerdo número 065 de 1981, expedido por el Consejo Superior sobre adopción del Estatuto General de la Universidad Industrial de Santander
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.