Micelio

Artículo 14

Oficina Jurídica

Decreto 2085 de 2019 · por el cual se establece la estructura orgánica e interna del Consejo Nacional Electoral

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Oficina Jurídica . Son funciones de la Oficina Jurídica, las siguientes

1.

Asistir a las dependencias del Consejo Nacional Electoral en el conocimiento y trámite de conceptos, fallos y asesorías en los asuntos jurídicos.

2.

Representar judicial y extrajudicialmente al Consejo en los procesos judiciales y procedimientos administrativos en los cuales sea parte o tercero interesado, previo otorgamiento de poder o delegación por parte del Presidente.

3.

Ejercer la facultad del cobro coactivo frente a las multas y demás obligaciones a favor del Consejo, ajustándose para ello a la normativa vigente sobre la materia.

4.

Estudiar, conceptuar y elaborar los proyectos de actos administrativos para la gestión del Consejo, coordinar la notificación de los mismos, en los casos de competencia directa o que le sean delegados.

5.

Preparar, bajo las directrices de la Sala Plena, los proyectos de ley de competen­cia del Consejo.

6.

Atender los requerimientos de las entidades estatales y los organismos de control en lo relacionado con la naturaleza de sus funciones.

7.

Coordinar y tramitar los recursos, revocatorias directas y en general las actua­ciones jurídicas relacionadas con los temas a su cargo y sobre los asuntos que le sean delegados.

8.

Atender y resolver las consultas y peticiones de carácter jurídico, que no sean de competencia de la Sala Plena.

9.

Atender y resolver las acciones de tutela, de grupo, cumplimiento y populares y demás acciones constitucionales en las que sea parte o tenga interés el Consejo.

10.

Recopilar y mantener actualizada la información de las normas constitucionales, legales y reglamentarias y la jurisprudencia relacionada con las competencias del Consejo.

11.

Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la depen­dencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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