°. En los términos anteriores se modifica el artículo 1° del Decreto 198 de 1957, y el artículo 1° del Decreto 80 de 1958.
Decreto 102 de 1958 →Vigente
Artículo 3
En Los Términos Anteriores Se Modifica El Artículo 1° Del Decreto 198 De 1957, Y El Artículo 1° Del Decreto 80 De 1958
Decreto 102 de 1958 · Por el cual se modifican los Decretos 198 de 1957 y 80 de 1958
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.