° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior ábrense los siguientes créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1975. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO Departamento Administrativo Nacional de Estadística Capítulo 020 Jefatura del Departamento Programa 020 Dirección y Administración Servicios Personales 101 111 103 Artículo 0201. Sueldos del personal de nómina 610.262 101 111 105 Artículo 0202 Gastos de representación $15.400 102 111 121 Artículo 0206-B Prima de vacaciones 177.476 Capítulo 021 Dirección General de Información Técnica Programa 021 Información Técnico - Estadística Servicios Personales 101 115 103 Artículo 0214. Sueldos del personal de nómina 3.222.482 102 115 121 Artículo 0217-A Prima de vacaciones 905.590 Capítulo 022 Dirección General de Procesamiento de Datos Programa 022 Procesamiento de Información Básica Servicios Personales 101 115 103 Artículo 0224. Sueldos del personal de nómina 553.910 102 115 121 Artículo 0226-A Prima de vacaciones 174.192 Capítulo 023 Dirección General de Análisis Socio - Económico Programa 0223 Análisis Socio - Económico Servicios Personales 101 115 103 Artículo 0233. Sueldos del personal de nómina 539.244 102 115 121 Artículo 0235-A Prima de vacaciones 153.556 Suman los créditos adicionales $ 6.352.112
Decreto 800 de 1975 →Vigente
Artículo 2
Con Base En El Recurso De Que Trata El Artículo Anterior Ábrense Los Siguientes Créditos Adicionales Al Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1975
Decreto 800 de 1975 · Por el cual se abren unos créditos adicionales al Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 1975 (Departamento Administrativo Nacional de Estadística) por $ 6.352.112.00
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.