Pasivo cierto no reclamado. Constituida la provisión a que se refiere el artículo anterior, si subsistieren recursos, mediante resolución motivada el liquidador determinará el pasivo cierto no reclamado con base en las acreencias, tanto a cargo de la masa de la liquidación como de las excluidas de ella, que no fueron reclamadas o que fueron. reclamadas extemporáneamente, las cuales deben estar debidamente justificadas en los libros y comprobantes de CENABASTOS S. A., en Liquidación.
Decreto 2439 de 2022 →Vigente
Artículo 18
Pasivo Cierto No Reclamado
Decreto 2439 de 2022 · por medio del cual se ordena la disolución y posterior liquidación de la Central de Abastos de Cúcuta S. A. - CENABASTOS S. A., y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.